¿Está consiguiendo sus objetivos el sistema de protección infantil español? ¿Es capaz de evitar sufrimiento humano evitable?

Post front image

28

noviembre

2023

7 minutos

Desde esta plataforma hemos manifestado con rotundidad que defendemos todas las acciones que vayan encaminadas a conseguir que todos los seres humanos puedan disponer de las mismas oportunidades para desarrollar sus potencialidades, para vivir y relacionarse satisfactoriamente con los demás seres humanos, para colaborar en el bien común y, en definitiva, para aspirar a no sufrir de manera innecesaria y evitable y para alcanzar el grado razonable de felicidad que les sea posible.

¿Pero qué ocurre cuando un ser humano es concebido y nace en un ambiente familiar en el que no se dan las condiciones mínimas para que se pueda beneficiar de todos los recursos destinados a la cobertura de las necesidades de salud, de educación y de protección social?

Nos estamos refiriendo a aquellas situaciones en las que una persona se debe criar y desarrollar estando al cargo de padres y madres que son incapaces de satisfacer las necesidades físicas y psíquicas y/o que les hacen ser víctimas de tratos gravemente inadecuados (maltrato físico o psíquico, negligencia física o psíquica, abuso sexual, etc.) y/o que no son capaces de protegerles de los riesgos o peligros a los que puedan estar expuestos.

En los países desarrollados, el sistema de recursos de Protección Infantil tiene como misión el actuar de manera eficaz en estas situaciones a las que podríamos denominar genéricamente como de “desprotección infantil”.

Después de dedicar casi toda mi vida profesional al estudio de las situaciones de maltrato infantil y de los sistemas de protección infantil, he llegado a la convicción de que la principal función de estos sistemas no es el “rescate de los niños/as maltratados por sus familias”.

Desde mi punto de vista, la principal función de los recursos de Protección Infantil es convertirse en otro pilar básico para facilitar la igualdad de oportunidades. Sin un buen sistema de Protección Infantil, la calidad de vida de los seres humanos que nacen en familias en las que reciben tratos gravemente inadecuados o en las que no se cubren las necesidades básicas de tipo cognitivo o emocional estaría grave y negativamente condicionada.

Llegados a este punto, quisiera proponer para discusión una pregunta sencilla pero esencial:

¿El sistema de Protección Infantil puede alcanzar su objetivo de colaborar en la igualdad de oportunidades de todos los seres humanos interviniendo cuando un niño, niña o adolescente ya ha sido víctima de graves situaciones de negligencia en sus cuidados físicos o psíquicos o cuando ya ha sido víctima de malos tratos o de abuso sexual o de otras formas de desprotección?

Desde la experiencia que me proporciona el haber conocido en profundidad el funcionamiento de los recursos de protección infantil y las características de los niños/as y familia atendidas, me atrevo a dar una respuesta también sencilla pero que para mí es evidente y se puede demostrar con los datos: No.

Cuando un niño o niña no ha recibido la atención y los cuidados que necesita o cuando ya ha sido víctima de malos tratos físicos o psíquicos en los primeros meses y años de su vida, es muy probable que las consecuencias en su desarrollo personal sean severas y difícilmente corregibles. Probablemente, el objetivo de los recursos de intervención sólo se pueda centrar en minimizar los daños. Y la experiencia acumulada nos dice que muchos de estos niños, niñas y adolescentes presentarán a medio y largo plazo problemas emocionales, comportamentales, de rendimiento académico, de relaciones sociales, etc.

Me voy a permitir revisar “de memoria” y a “grandes trazos” los datos existentes sobre el sistema de Protección Infantil español.

Desde mi punto de vista, no hay ninguna duda de que dicho sistema sólo puede catalogarse como “reactivo” o de “respuesta tardía”. La realidad de los datos es difícil de contradecir, de manera que, si fuera preciso, sólo necesitaríamos revisar Comunidad Autónoma por Comunidad Autónoma, Ayuntamiento por Ayuntamiento, las estadísticas sobre los casos atendidos en cada recurso y veríamos si se trata de una afirmación exagerada o no ajustada a la realidad.

Pero, voy a tratar de precisar más: ¿Qué significa esto de “reactivo” y “de respuesta tardía?

  • Que un porcentaje muy elevado de los niños, niñas y adolescentes que son “objeto de protección” entran o se mantienen en el sistema de Protección Infantil con edades elevadas. Siendo más concretos, la media de edad de entrada al sistema está por encima de los 7/8 años y muchos de ellos por encima de los 12/13 años. Son minoría los casos en los que se inicia la intervención cuando los niños o niñas tienen menos de 3 años y casi inexistentes los que tienen menos de 1 año de vida.
  • Que un porcentaje muy elevado de las medidas de protección se centran en el acogimiento residencial o en el acogimiento familiar de estos menores. Esto significa que ha resultado imposible el mantenimiento del niño o niña en su propia familia de origen porque las condiciones de dichas familias eran gravemente perjudiciales y, además, no son ya modificables. La mayoría de los menores que han debido de ser acogidos en recursos especializados o en familias acogedoras presentan importantes dificultades en su desarrollo personal, relacional y social. Estos recursos sólo pueden tratar de “reducir daños” o de evitar el empeoramiento de la situación.
  • Que los resultados de las actuaciones llevadas a cabo en programas de intervención familiar para conseguir la capacitación de los padres o madres en el ejercicio del rol parental no son lo favorables o positivos que serían deseables para que los menores puedan desarrollarse de manera adecuada.
  • Que todos los recursos citados (acogimiento residencial, acogimiento familiar e intervención familiar especializada) son extremadamente costosos desde un punto de vista meramente económico.

En definitiva y sintetizando los párrafos anteriores sobre los menores que reciben los recursos de protección infantil, me parece que se puede afirmar que la intervención se lleva a cabo cuando YA se han producido las situaciones traumáticas o gravemente inadecuadas para su desarrollo, cuando el daño está hecho y es difícil de paliar o de evitar sus consecuencias, cuando el sufrimiento de estos seres humanos se ha producido y se va a seguir produciendo y cuando el coste económico de la intervención es altísimo.

¿Qué se puede deducir de lo dicho hasta aquí?

Propongo que el Sistema de Protección Infantil se someta a un cambio radical de paradigma para que cumpla su función de ser otro pilar básico que facilite la igualdad de oportunidades. Y para ello, propongo que el conjunto de recursos que lo componen (servicios sociales, salud, educación, justicia), además de seguir tratando los casos ya existentes, se constituya en:

  • un sistema PREVENTIVO, un sistema dirigido a EVITAR QUE OCURRAN las situaciones de desprotección infantil.
  • un sistema de recursos de INTERVENCIÓN MUY TEMPRANA, un sistema QUE INTERVIENE DE MANERA MUY PRECOZ, cuando se dan los primeros indicadores de riesgo.

un sistema en el que se da MÁXIMA PRIORIDAD A LA EFICACIA DE LAS INTERVENCIONES, A LA RENDICIÓN DE CUENTAS de las actuaciones llevadas a cabo para evitar las situaciones traumáticas en la infancia o para paliar sus efectos lo más tempranamente que sea posible.